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lunes, 11 de abril de 2011

Las Letras del Tesoro, Una Inversión segura.

Hoy, ya después de mucho tiempo sin publicar nada, os voy a hablar de Las Letras del Tesoro.

Empezaremos definiéndolas y viendo qué rentabilidad podríamos sacar de éstas en el caso de hacernos con alguna.


Las Letras del Tesoro son valores de renta fija a corto plazo representados mediante anotaciones en cuenta. Se pusieron en funcionamiento en 1987 cuando surgió el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.



Estas Letras se emiten mediante subasta y el importe mínimo de la petición de cada una debe ser al menos de 1000 euros, al igual que todas las peticiones superiores deben ser también múltiplos de 1000.

Su precio de adquisición siempre será menor que el que recibiremos nosotros en el momento en el que se nos reembolsen. Esta diferencia de dinero será equivalente al interés o el rendimiento de dicha Letra.
Las Letras se emiten mediante determinados plazos, donde podremos elegir entre 3 meses, 6 meses, 12 meses o 18 meses.

Al ser estos valores de corto plazo, supone un riesgo menor para un inversor que en algún momento decida que quiere vender las que posee antes de su vencimiento.










Todos estos valores se compran en el Mercado Secundario, este mercado es el que nos permite poseerlas en varios plazos anteriormente citados.

Por ejemplo, si un inversor quiere poseer la Letra durante 4 meses (cosa que no se puede hacer), lo que hará será comprar una de 6 meses que haya sido emitida 2 meses antes.


La compra de Letras se puede realizar mediante:

-        -  Un intermediario financiero (banco, caja, sociedad…), al hacerlo de esta manera, tanto los gastos como los intereses pueden variar en función de la entidad.

-        -  A través directamente de la Bolsa. La orden de compra se deberá presentar mediante algún miembro de la Bolsa. La ventaja de hacerlo de esta manera es que es posible conocer el precio de compra y el de venta de dicha Letra.



Si las Letras vencen antes de un año, se aplica la ley de capitalización simple:

P= (1+i*t)=N
Precio = (1+interés*tiempo) = valor nominal de la letra.

Si vence a más de un año, aplicaremos la ley de capitalización compuesta:

P=(1+i)^t=N
Precio ( 1+interés) elevado al tiempo, lo cual será igual al valor nominal de la letra.






Si lo hiciésemos mediante una entidad financiera, ésta nos cobraría comisiones que incrementarían el precio de la compra.

Todas las Letras del Tesoro tributan a un tipo de interés fijo del 18%.

El Tesoro Público nos proporciona los datos de su última subasta que os mostraré como ejemplo de rentabilidades:
-          Las Letras a 3 meses han tenido una rentabilidad del 1,101%.
-          Las Letras a 6 meses el 1,588%.
-          Las Letras a 12 meses un 2,128%.
-          Las Letras a 18 meses un 2,436%.




Vamos a ver también los ámbitos de negociación y los tipos de operaciones del Mercado Secundario.
Ya hemos visto antes cómo se puede hacer la compra de las Letras y ahora veremos distintas operaciones como la venta.

Todos estos Valores se pueden vender antes de que llegue su fecha de vencimiento. Sólo debemos indicárselo a la entidad mediante la que las conseguimos para que esto se haga efectivo. Si las compramos mediante el Banco de España o en Internet, esto se hará mediante cualquier entidad gestora que nos aplicará unos costes bajos al hacerlo.

Estas cuentas directas del Mercado son hoy en día GVC (Gaesco Valores), Espirito Santo y Renta4.










Cuando decidimos vender un Valor debemos ser conscientes de que es posible que perdamos dinero comparado con la inversión que hicimos en un principio. Esta pérdida podría darse si los tipos de interés hubieran aumentado.

Es por ello, que la seguridad que nos ofrecen estos valores de salirnos rentables se obtiene solo manteniéndolos hasta su fecha de vencimiento, si se hace antes, corremos el riesgo de que se hayan depreciado por algún motivo y que su valor en ese momento sea más bajo que inicialmente cuando las adquirimos.

De esta manera, si fuese al contrario y los tipos de interés nos fuesen favorables, podríamos conseguir beneficios y sacarle partido a vender antes dichas Letras.


Por otra parte encontraremos que hay algunas entidades que nos venden estos valores por un período corto de tiempo, que habitualmente suele ser menor de un año y dicha entidad se compromete a comprárnoslos una vez finalizado el plazo que se había acordado por un precio fijado de antemano.
El rendimiento del Valor será, por tanto, la diferencia entre el precio de compra y el de venta.



Con todo esto me despido hasta dentro de un rato, esperando que lo hayáis entendido y que en caso de poder haceros con alguna Letra, lo aprovechéis y de paso os dejo un vídeo que es un anuncio que hizo el Tesoro Público en 1991.





















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